DECISION
Por todas las consideraciones de hecho y de derecho aquí expresadas, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE  CONTROL DEL SISTEMA PENAL DE ESPONSABILIDAD DEL   ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace las siguientes consideraciones:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE LA DEFENSA TECNICA, Abogado. Edwin Rodríguez, con tal carácter  del   adolescente: DAVID ALEJANDRO SALAS FUENMAYOR,  titular de la cedula de identidad N° V-16.038.246, CAMBIA MEDIDA CAUTELAR, prevista en el artículo 582 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, literal "G", por los "C, D, E, F Y H", consistente en:  literal "C" y obligación presentaciones ante el tribunal  cada ocho  (08) días, literal "D" la prohibición de salir del país o de la Jurisdicción del estado sin autorización del tribunal, literal "E" prohibi.....