DISPOSITIVA
Tomando en cuenta las consideraciones antes expuestas, es por lo que éste Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con apego a lo previsto en los artículos 2, 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el artículo 471 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 112 del Código Penal: DECLARA LA PRESCRIPCIÓN DE LA PENA impuesta al penado JOSE GREGORIO ANDRADE , venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-16.715.882 , natural Caja Seca Estado Zulia nacido en fecha 17-0-1981 /, de 41 años de edad, hijo de Rosarito Andrade (v) y de Jorge Medina Calderón ocupación carnicero ,domiciliado en el Nueva Bolivia , sector Pueblo Nuevo casa sin numero elaborada de cañozo , en las Invasiones Luz Esperanza Municipio Tulio Febres Cordero ,, .....