declara consumada la PERENCION DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 269 ejusdem, en esta Causa N° 1.845-01, en donde la ABG. MARY MORA DE MORALES Y JOSE RAMON GARCIA MORA, actuando como Endosatario en Procuración de la ciudadana HILDA ROSA DURAN DE SEGOVIA, demanda al ciudadano GABRIEL DAVID RONDON, por COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA. Y ASI SE DECIDE.