Así las cosas, atendiendo a la diligencia suscrita por el co-apoderado judicial del ciudadano Eduardo German Rodríguez Acosta, en donde desiste del Procedimiento, esta Juzgadora Homologa el presente desistimiento del procedimiento, solo en lo que respecta al ciudadano EDUARDO GERMAN RODRIGUEZ ACOSTA, haciendo la salvedad quién aquí sentencia, que continua dicho procedimiento para los demás co-demandantes. Y ASÍ SE DECIDE.
Publíquese, Regístrese y déjese por secretaría copia la copia certificada de la presente decisión.
Dada, Firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en la ciudad de Mérida, a los cuatro doce (12) días del mes de enero de dos mil nueve (2009). Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
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