Dispositiva:
Por los anteriores razonamientos este Tribunal de Juicio Nº 05 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara sin lugar la solicitud de sobreseimiento de la presente causa, seguida a los acusados Floralba Obando Urbina y Néstor Edgar Ortega, de conformidad con los artículos 108 ordinal 5°, 109 y 110 del Código Penal.
Notifíquese a las partes, a los acusados y a la víctima que en la presente fecha se publicó esta decisión, aún cuando fueron informados que la decisión se publicaría en el lapso legal correspondiente. Certifíquese por secretaría copia de este auto. Cúmplase.
La Juez de Juicio Nº 05
Abg. Marianina Brazón Sosa
La Secretaria
Abg. Yanira Lobo Guillén
En fecha_________ se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se libraron boletas de notificación Nros: ___________________________________________
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