declara CON LUGAR la pretensión de reconocimiento de unión concubinaria, incoada por el ciudadano ORLANDO ENRIQUE GUTIÉRREZ HERNÁNDEZ, venezolano, mayor de edad, de profesión perforador petrolero y taxista, cedulado con el Nro. 8.708.431, domiciliado en la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, contra la ciudadana IRIS NAKARYD FERNÁNDEZ PEREIRA, venezolana, mayor de edad, cedulada con el Nro. 13.020.919, del mismo domicilio.
Como consecuencia del anterior pronunciamiento, se declara la existencia de la unión estable de hecho entre el ciudadano ORLANDO ENRIQUE GUTIÉRREZ FERNÁNDEZ y la ciudadana IRIS NAKARYD FERNÁNDEZ PEREIRA, desde el 04 de abril de 2003 hasta el 06 de enero de 2014.
De conformidad con el artículo 119 de la Ley Orgánica de Registro Civil, al quedar definitivamente firme la presente decisión, debe remitirse copia certificada de la misma a la Oficina de Registro Civil del Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida.
De conformidad con el artí.....