DECISIÒN
Este Tribunal de Control administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: procede a calificar en situación de flagrancia la aprehensión del ciudadano ADRIANO CARRIZO TORRES, por cuanto se verifican los extremos del articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, por ello su detención se considera legítima de conformidad con el artículo 44 ordinal 1º de la Constitución.
SEGUNDO: Se comparte las calificaciones jurídicas formuladas por la Fiscalía Primera del Ministerio Público como son los delitos de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal.
TERCERO: Se acuerda la aplicación del procedimiento ordinario de conformidad con los artículos 372 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena la remisión de las actuaciones a la Fiscalía Primera del Ministerio Público para que continúe con el procedimiento y dicte el acto conclusivo al.....