EL JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente, la solicitud formulada y consecuencialmente declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos SUSANA DEL VALLE SÁNCHEZ DE LA CRUZ y ORLANDO LA CRUZ LA CRUZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-9.706.951 y V-7.647.491, en su orden, domiciliados la primera en la Urbanización San Miguel, Avenida 01, casa 73, frente a la casilla policial, sector Aguas Calientes, municipio Campo Elías del estado Mérida y el segundo en la calle Bolívar, casa 14 mas abajo de la Prefectura de Mucuchies, municipio Rangel del estado Mérida, y civilmente hábiles, según matrimonio civil celebrado en fecha cuatro (04) de Octubre de mil novecie.....