este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 76 segundo aparte y 78 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con los artículos 5, 8, 30, 365, 366, 369, 374, 366 y 377 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niños y Adolescentes, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión incoada por la ciudadana MARLENE JOSEFINA OSORIO DE VALERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.146.583, domiciliada en el Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, progenitora de las ciudadanas niña SE OMITE NOMBRE y la adolescente SE OMITE NOMBRE, actualmente de once (11) y diecisiete (17) años de edad, en contra del ciudadano HERMES EDGARDO VALERO RODRIGUEZ