Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Primero Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Justo Briceño, Tulio Febres Cordero y Julio Cesar Salas de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida., con sede en Nueva Bolivia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio intentada por el ciudadano: JOSE EUGENIO MONTILLA BASTIDAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº.4.305.053, domiciliado en la vía a Santa Apolonia, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida, contra SAIRA BEATRIZ SANCHEZ RANGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº.9.179.562, domiciliada en Nueva Bolivia, el sector Las Acacias, casa Nº.029-12565, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Mérida;