este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA INTERDICCIÓN PROVISIONAL de la ciudadana: OLAYA INMACULADA VELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 23.224.641, domiciliada en Caño El Tigre, Municipio Zea del Estado Bolivariano de Mérida. En consecuencia, se nombra Tutora Interina a la ciudadana: CARMEN YOLANDA VELA