PRIMERO: HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo del EJERCICIO UNILATERAL DE LA PATRIA POTESTAD, suscrito y presentado por los ciudadanos FANY DEL VALLE CALDERÓN CARRERO y OSCAR DARIO ALBORNOZ FERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nº V-18.208.107 y V-17.664.995, en su orden, domiciliados la primera en la carretera Primera casa s/n, sector Santa Ana de Zea, municipio Zea del estado Bolivariano de Mérida y el segundo en la avenida 16 de septiembre casa s/n, parroquia Domingo Peña del estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles; a favor de la madre, ciudadana FANY DEL VALLE CALDERÓN CARRERO, garantizando así los derechos y garantías de la niña DARIADNE DEL VALLE ALBORNOZ CALDERÓN, de ocho (08) años de edad, FN: 23/03/2016; pasándolo en autoridad de cosa juzgada.