Se DECRETA LA APREHENSIÓN EN SITUACIÓN DE FLAGRANCIA, contra el investigado GUZMAN SALAZAR JUAN CARLO; a quien se le investiga por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado artículo 42, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana MARIA AUXILIADORA SALAZAR MAROUEZ. Se acuerda imponer Medida Cautelar Menos Gravosa a la Privación de Libertad, de conformidad con lo establecido en el Tercer Aparte del artículo 93 en concordancia con los artículos 92 numeral 8 y 87 numerales 3 y 5 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como lo establecido en el artículo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal.