Primero: INADMISIBLE LA MEDIDA CAUTELAR, interpuesta por la abogada en ejercicio Ivonne Karina Regnault García, titular de la cedula de identidad N° ¬6.447.265, abogado Impreabogado bajo el N° 129.840, actuando en este acto como representante legal, según consta el documento poder otorgado y autenticado por ante la Notaria Publica Primera del Municipio Baruta del Estado Miranda, en fecha 22 de Noviembre de 2010, el cual se encuentra anotado bajo el N° 48, Tomo 170, de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaria, actuando en nombre y representación de la Universidad Nacional Experimental Politécnica de la Fuerza Armada Nacional, contra la Providencia Administrativa de fecha 25 de mayo de 2011, identificada con el N° 00099-2011, según expediente N° 046¬2010-01-00413, de la Inspectoría del Trabajo, adscrita al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.
Segundo: IMPROCEDENTE la suspensión de efectos solicitada por la abogada en ejercicio Ivonne Karin.....