Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la oposición a la medida de amparo cautelar decretada por este Juzgado Superior, en fecha 7 de diciembre del año 2017, interpuesta por el abogado JULIO CESAR CHUECOS PAREDES, ya identificado, en su condición de apoderado judicial de la UNIVERSIDAD DE LOS ANDES (ULA), por haber sido formalizada intempestivamente.
SEGUNDO: SE RATIFICA la medida de amparo cautelar decretada por este Juzgado Superior, en fecha 7 de diciembre del año 2017, por las razones expresadas en el presente decisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 602 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: SE ORDENA notificar al ciudadano Rector de la Universidad de Los Andes como Presidente del Consejo Universitario del cont.....