se acuerda ORDEN DE APREHENSIÓN, conforme a los artículos 250 y 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del ciudadano CARLOS ENRIQUE TORRES AREVALO, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-3.810.574, de 56 años de edad, nacido en fecha 24-09-1954, estado civil divorciado, de profesión u oficio Ingeniero, residenciado Avenida Luís Roche con Segunda Trasversal, Edificio Obelisco, piso 2, apartamento 4, Altamira, Distrito Capital, por la presunta comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 462 del Código Penal vigente, y USURA GENERICA, previsto y sancionado en el artículo 143 de Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, en perjuicio de la ciudadana SAHONARA LOURDES ALTUVE CALDERON