el convenimiento suscrito por ante éste Despacho, por la ciudadana GISELA CAROLINA ALBARRAN BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, soltera, de oficios del hogar, titular de la cédula de Identidad Nº V-18.619.123, domiciliada en el Sector El Kennedy, cerca de MERCAL de la población de Timotes, Municipio Miranda del Estado Mérida y civilmente hábil, en nombre y representación de sus hijas (identidades omitidas de conformidad con el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes) de trece (13), once (11) , diez (10) y ocho (8) años de edad respectivamente, con el padre de las mismas, ciudadano JESÚS ALBERTO ARAUJO, venezolano, mayor de edad, Albañil, soltero, titular de la cédula de identidad N° V-13.261.400, domiciliado en la cuarenta de esta población de Timotes, Municipio Miranda del Estado Mérida, e igualmente capaz, quienes conciliaron en reglamentar la Fijación de Obligación de Manutención y Bonos a favor sus hijas,