Resuelve: Declarar Bastantes las probanzas evacuadas, para acreditar a favor de la ciudadana MARTHA LISBETH DUGARTE MONSALVE y la ciudadana adolescente OMITIR NOMBRE, como Únicas y Universales Herederas de la causante quien en vida respondiera al nombre de MARIA MAGDALENA MONSALVE RIVAS, con vocación hereditaria y derecho sobre el acervo de bienes de la fallecida, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.