Se declaró INADMISIBLE la acción interdictal de amparo, interpuesta por el ciudadano NASSER DE JAIMEN KEYSSIEH VALERO, contra las ciudadanas FLOR DIOLINDA MARQUEZ Y ROSA VIRGINIA MARQUEZ, ante el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. Como consecuencia del pronunciamiento anterior se declaró SIN LUGAR la apelación interpuesta el 5 de mayo de 2013, por el querellante contra la sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva proferida el 27 de febrero de 2013, por el mencionado Tribunal, mediante la cual negó la admisión de la referida querella interdictal.