Por las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley declara:
Primero: CON LUGAR la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de vida común conforme lo establece el artículo 185 del Código Civil Venezolano concordancia con la Sentencia Vinculante N° 1070/2016 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia hecha Por los ciudadanos LUIS ENRIQUE FERNANDEZ MORALES Y MARIA MIRTHA FLORES PARRA, de nacionalidad venezolana de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad N° V-24 267.932 y V 28 237.923, comerciantes, domiciliado el primero en La Urbanización Prado Hermoso, casa NO K-12, de esta ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Boliva.....