PRIMERO: CON LUGAR la inhibición propuesta por el Juez Temporal del Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, El Vigía, abogado JOSÉ VALDEMAR MOLINA MANAURE, en el expediente solicitudes donde el ciudadano ABG. EVER ROLANADO GONZALEZ RODRIGUEZ, Apoderado Judicial de los ciudadanos ANGEL DE JESÚS LEDEZMA NAVA Y OTROS, MOTIVO: IRREGULARIDADES ADMINISTRATIVAS.
La presente inhibición obra respecto a cualquier otra causa de la Sociedad Mercantil CORPORACIÓN DROLANCA COMPAÑÍA ANÓNIMA, inscrita ante el Juzgado de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, Tránsito y del Trabajo, en fecha 27 de noviembre de 1979, bajo el N° 958, Tomo II, y posteriormente ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial el Estado Mérida, el día 23 de junio del año 2000, bajo el Nro 26, Tomo A-4 y su abogado en e.....