Por cuanto el demandante cumplió con el pago del decreto intimatorio, y la parte demandante acepto, de conformidad con el Artículo 263 del C.P.C este Tribunal le impartió su homologación, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, se procedió como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.-