Se dictó auto y conforme al artículo 512 del COPP, se revocó el destacamento de trabajo decretado a favor del penado José Miguel Caraballos Reyes quien es venezolano, de veintiocho (28) años de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.530.281, nacido en Carúpano, Estado Sucre, el veintiuno de agosto de mil novecientos setenta y cuatro (21.08.1974), soltero, domiciliado en San Jacinto, vía El Chama, cerca de la Cancha de Softbol, casa N° 125, Mérida, Estado Mérida., por no cumplir con las condiciones impuestas.