PRIMERO: Declara desistida la Querella emitida por la ciudadana María de los Ángeles Mejia Mendoza, en contra de los ciudadanos EVELIS ALEXANDRA SANABRIA, por los delitos de PERJURIO, AGAVILLAMIENTO, EXTORSIÓN y CAPTACIÓN INDEBIDA; los ciudadanos BALDOMERO RODRÍGUEZ ESPINOZA, FRANCISCO JAVIER MOLINA RAMÍREZ y JULIO CÉSAR VETANCOURT, por los delitos de: PERJURIO en grado de complicidad, por los delitos de USURA, AGAVILLAMIENTO y EXTORSIÓN y en contra de la ciudadana MARÍA CAROLINA GONZALO, por el delito de CAPTACIÓN INDEBIDA, plenamente identificados en las actas de este proceso.
SEGUNDO: Se exime a la querellante María de los Ángeles Mejia Mendoza del pago de acostas que con motivo del presente proceso haya ocasionado a los querellados antes identificados. Acuerda remitir las presentes actuaciones al archivo judicial para su custodia. Asimismo, se acuerda expedir copia certificada solicitada por la defensa.
EL JUEZ
ABG. JOSE GERARDO PEREZ RODRIGUEZ
LA SECRETARIA.
ABG. SIO.....