Por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia dictada en fecha 25 de octubre del 2017, Magistrado Ponente FRANCISCO RAMÓN VELÁZQUEZ ESTÉVEZ, donde ratificó la decisión dictada por la misma Sala, en su sentencia N° 2 publicada en fecha 28 de enero de 2014, expediente N° 2012-150, en el cual se discutió el conflicto negativo de competencia sobre una causa semejante a esta, respecto a que la candidata a ser adoptada es mayor de edad, y estaba integrada a su hogar desde su infancia a los cinco (5) días de nacida.
En tal sentido considera este juzgador, quien debe conocer la presente solicitud de ADOPCION PLENA Y CONJUNTA de la ciudadana Gloria Laineth Parra Moreno, es el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.