Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, con sede en la ciudad de Tovar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA ACCIÓN DE INQUISICIÓN DE PATERNIDAD incoada por la ciudadana MIRIAM ALBERTINA NOGUERA DE MONTOYA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-1.700.272, contra los ciudadanos MARÍA TERESA MAIORANA DE MAUHAD y ROMÁN ALBERTO MAIORANA CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 3.939.119 y V-5.205.449 respectivamente, en su carácter de herederos conocidos del causante y a todos los herederos desconocidos y personas con interés directo y manifiesto.
SEGUNDO: En consecuencia, queda establecida la filiación paterna de la ciudadana MIRIAM ALBERTINA NOGUERA DE MONTOYA como hija Biológica del de cujus JOSÉ EUSEBIO MAIOR.....