En virtud de la consideraciones anteriormente señaladas este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 5, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: Se ordena el Cese de la Medida de Coerción Personal que pesa sobre los imputados: JAIRO ALFONSO PÉREZ BALSAMEDA, FRANK JOSUÉ MALDONADO y PABLO JOSÉ ROMERO RAMÍREZ. En tal sentido se acuerda Librar Boletas de Notificación a las Partes. Se fundamenta la presente decisión en los artículos 4, 5, 6, 7, 9, 243 y 244 del Código Orgánico Procesal Penal y artículos 26 y 49 de la Constitución Bolivariana de Venezuela. Así se decide. Cúmplase.