Se público el texto integro de la sentencia condenatoria por admisión de los hehcos de conformidad con lo establecido en el artículo 367 del Código adjetivo penal en al cual se CONDENA al acusado ciudadano: HECTOR MANUEL FERNÁNDEZ SERRANO por la comisión de los delitos de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Venezolano, en concordancia con el artículo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, a cumplir la pena de: UN (01) AÑOS y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, más las penas accesorias de Ley correspondientes, previstas en el artículo 16 del Código Penal, como lo son: la inhabilitación política durante el tiempo de la condena y la sujeción de la vigilancia de la autoridad por una quinta parte de la condena, terminada ésta. De conformidad con el artículo 376 Código Orgánico Procesal Penal.
EL JUEZ EN FUNCIONES DE JUICIO N° 04
ABG. HERIBERTO ANTONIO PEÑA