DECISION
Por las razones expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de declaratoria de divorcio formulada por los ciudadanos: OTILIO ORTIZ Y BERTA ALICIA ARANDA DE ORTIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 8.088.058 y V-8.085.931 respectivamente, domiciliados en el Municipio Tovar del Estado Mérida respectivamente y hábiles. En consecuencia, se declara el divorcio y disuelto el vínculo matrimonial que existía entre los antes prenombrados ciudadanos, según matrimonio civil celebrado por ante el Registro Civil la Prefectura Civil de la Parroquia El Llano Municipio Tovar del Estado Bolivariano Mérida, en fecha: 13 de Noviembre de 1981, según acta de matrimonio N.....