En mérito de lo antes dicho, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio No. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: 1) Niega la sustitución de la medida de privación de libertad que actualmente cumple el acusado de autos, conforme al artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal; 2) Ordena la realización de examen psiquiátrico al acusado de autos ante la Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. Delegación Mérida el día 15-07-2005. Ordénese el traslado del acusado. Ofíciese lo pertinente con el expreso requerimiento a la experta de informar al tribunal las resultas del examen solicitado. Notifíquese y Ofíciese lo ordenado. Cúmplase.
EL JUEZ DE JUICIO No. 2
ABG. JOSÉ GREGORIO VILORIA OCHOA
LA SECRETARIA:
ABG. CARMEN MATILDE GARCÍA SAMANIEGO
En fecha _______________________, se cumplió con lo orden.....