Por lo antes expuesto este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICAL DEL ESTADO MÉRIDA, con sede en esta ciudad de Tovar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la rectificación del acta de defunción de la ciudadana ELOINA MALDONADO DE SUÁREZ, quien era natural de Chitaga Colombia, la cual esta inserta por ante la Prefectura Civil del Municipio Rivas Dávila del estado Mérida y se establece que el nombre correcto del cónyuge de la ya mencionada ciudadana es: JOSÉ PROTASIO SUÁREZ VILLAMIZAR y no como aparece asentado dicho error en la referida partida. Queda así rectificada.