Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios Campo Elías y Aricagua, De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente, la solicitud de Divorcio hecha por los Ciudadanos CESAR ALEJANDRO CONTRERAS SÁNCHEZ y JHULIAM VIDALINA CARRERO NAVA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 19.145.386 y V- 16.908.275, en su orden, domiciliados el primero en la urbanización José Adelmo Gutiérrez, calle principal, casa S/N, Parroquia Matriz, Municipio Campo Elías del Estado bolivariano de Mérida, y la segunda en el sector La Ranchería, Municipio Campo Elías del Estado Bolivariano de Mérida, y consecuencialmente SE DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente e.....