En consecuencia, éste Juzgado, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, realiza el siguiente pronunciamiento: 1.- Acuerda a favor del penado JORGE LUIS ROJAS SALAS, titular de la cédula de identidad Nº 20.847.966, traslado por sesenta (60) días, contados desde el 13/07/2018 al 13/09/2018; instando al Director del Centro Penitenciario de la región Andina, que dicho traslado debe hacerse con las seguridades del caso al CDI de Los Curos de esta entidad federal, área de traumatología 2.- Acuerda Oficiar al Ministerio del Poder Popular de Asuntos Penitenciarios para que sea evaluado por equipo Multidisciplinario ya que opta a formula alterna de cumplimiento de pena. Líbrese los correspondientes oficios y boleta de traslado. Cúmplase.
LA JUEZA DE EJECUCIÓN
ABG. YEGNIN TORRES ROSARIO
EL SECRETARIO;
ABG. LUIS ANTONIO ARAUJO
Se libraron oficios Nº______________________ y de traslado Nº________________ conste Srio.-