Por los razonamientos y fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia Penal Municipal en Funciones de Control No.02, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: En relación a la solicitud de flagrancia presentada por el Ministerio Público este Tribunal, de conformidad con el artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 234 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza del Código Orgánico Procesal, acuerda procedente decretar la Aprehensión en Flagrancia de los Imputados: BRAYAN ANGARITA QUINTERO y EDGAR ALBERTO CASTRO FLORES, Supra identificados en actas, por la presunta comisión del delito de INTERRUPCION DEL SERVICIO ELECTRICO, previsto y sancionado en el art. 109 de La Ley Orgánica del Sistema y Servicio Eléctrico en perjuicio del Estado Venezolano y la comunida.....