Se declaró LA NULIDAD de la providencia contenida en la parte in fine del auto de admisión de la apelación interpuesta por la apoderada judicial de la parte actora, de fecha 18 de marzo de 2003 (folio 21 vuelto), mediante la cual el antes denominado Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Mérida ordenó a la parte apelante señalar las copias de las actuaciones procesales que tuviera a bien a los fines de su remisión a la Alzada respectiva para el conocimiento de la referida apelación. Asimismo, se declaró la nulidad de la totalidad de las actuaciones cumplidas en el procedimiento con posterioridad a dicha providencia. Se decretó LA REPOSICIÓN de la sub-incidencia al estado de que el Tribunal de la causa, de conformidad con la parte in fine del artículo 295 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 441 eiusdem, remita con oficio al Juzgado Superior distribuidor, original del respectivo cuaderno separa.....