DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 05 del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley hace el siguiente pronunciamiento: Único: Sin lugar la solicitud de sustitución de la medida de privación judicial preventiva de libertad que pesa en contra de la ciudadana Eilyn María Díaz Molina, que fuere incoada por el Codefensor Privado, Abg. Paulino Martínez, en virtud que no han cambiado las circunstancias por las cuales se dictó dicha medida, aunado a que la misma es necesaria y proporcional a fin de resguardar y asegurar las resultas del proceso penal.
Decisión que se fundamenta en los artículos 26, 30, 51, 55 Constitucional; 157 y 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Cúmplase.