DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal de Control N° 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de Calificación de Flagrancia de conformidad con el Artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se autoriza para que la presente causa se siga por el Procedimiento Ordinario conforme a la Artículo 280 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se Impone al Imputado GUDY AMPARO ORTIZ, venezolana, natural de El Vigía, titular de la Cédula de Identidad N° 9.399.470, nacida en fecha 02-10-66, de 38 años de edad, hija de Dionilde Ortiz (m) y de Juan de Jesús Tuta Blanco (m), residenciada Barrio Bolivar, Calle 7, Avenida 2, casa N° 3-51, El Vigía Estado Mérida, de oficios del Hogar, por la presunta comisión del delito de H.....