Este TRIBUNAL PENAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA EXTENSION EL VIGIA EN FUNCION DE JUICIO N° 03 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, visto el presente pedimento, observa que en fecha 04-09-2012, el Tribunal fijó la continuación del Juicio, el cual no se llevó a efecto por incomparecencia de los Escabinos, fijándose para el día 06 de Septiembre del 2012, donde no compareció el Acusado, igualmente no compareció el Acusado el día 11-09-2012, sin causa justificada, como se observa el Juicio no se ha continuado por la incomparecencia del Acusado a pesar de que el Tribunal ha librado las boletas correspondientes, librándose Mandato de Conducción con la Fuerza Pública, lo que ocasionó que el Juicio se Interrumpiera, por el Transcurso del tiempo, es por este motivo vista la ausencia del acusado a los actos anteriormente señalados, sin que conste una justificación para su ausencia, qui.....