En consecuencia este Tribunal en funciones de Ejecución Nº 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ordena dejar sin efecto la orden de aprehensión emitida en fecha 29-03-05 en contra de LUIS ALFONSO SÁNCHEZ ANGULO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.307.678, natural de Capazón, Estado Táchira, nacido en fecha 18-01-1.981, de 27 años de edad, analfabeta, soltero, obrero, hijo de Luis Alfonso Sánchez Rodríguez y de Ana Luisa Angulo, residenciado en la Calle Maneiro, Peluquería Sara, cerca del Comando de la Guardia Nacional, Porlamar, Estado Nueva Esparta, sentenciado a cumplir la pena de NUEVE (09) AÑOS y CUATRO (04) MESES DE PRESIDIO, más las accesorias de ley, previstas en el artículo 13 del Código Penal, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y ACTOS LASCIVOS, previstos y sancionados en los artículos 460 y 377 del Código Penal vigente para el momento de l.....