En la presente solicitud de Separación de Cuerpos y de Bienes por mutuo consentimiento de los ciudadanos LEONARDO RAMON AJO CORTES y SONIA MARLENE MORENO DE AJO, se verifica que se ha dado cumplimiento a todas las formalidades de Ley. Encuentra el Tribunal que los prenombrados cónyuges han permanecido separados legalmente durante más de un año, sin que durante ese lapso conste en autos que haya habido reconciliación entre ellos, y estando así cumplidos los extremos de Ley, es por lo que se procede a la Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos por mutuo consentimiento. En consecuencia y habiendo sido notificada la abogado SONIA CARRERO MOLINA, en su condición de Fiscal encargada de la Fiscalía Decima Quinta de Protección del Niño, el Adolescente y la Familia del Ministerio Público del Estado Bolivariano de Mérida, sin que hubiese hecho objeción alguna y establecido como ha quedado que los solicitantes han permanecido separados durante más de un año, este Tribunal considera pro.....