declara CON LUGAR la acción de DIVORCIO intentada por el ciudadano OSCAR ALBERTO PEREZ RANGEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.296.707, domiciliado en el Municipio Campo Elías del Estado Mérida, contra la ciudadana YILBERT JOSEFINA MARQUINA BASTIDAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.966.701, domiciliada en el Estado Mérida, con fundamento en la causal segunda referida al abandono voluntario establecida en el artículo 185 del Código Civil vigente venezolano, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial entre los ciudadanos OSCAR ALBERTO PEREZ RANGEL y YILBERT JOSEFINA MARQUINA BASTIDAS, ambos ya identificados, contraído por ante la Prefectura Civil hoy Registro Civil de la Parroquia Juan Rodríguez Suárez, Municipio Libertador del Estado Mérida, en fecha treinta de abril del año 2004 (30/04/2004), tal como consta en Acta de Matrimonio signada con el N° 28