Por los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control nro. 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD FORMULADA POR EL CIUDADANO WILMER EDUARDO SANCHEZ GÓMEZ, ASISTIDO POR EL ABOGADO OSVALDO LLINAS QUINTERO Y EN CONSECUENCIA, ORDENA LA ENTREGA MATERIAL DEL VEHÍCULO EXCLUSIVAMENTE BAJO LA MODALIDAD DE DEPÓSITO (GUARDA Y CUSTODIA) AL CIUDADANO WILMER EDUARDO SANCHEZ GÓMEZ, titular de la cédula de identidad nro. V-12.656.507, cuyas características se encuentran descritas en el encabezamiento de la presente decisión, ello al no quedar desvirtuado que adquirió el vehículo de buena fe, pues en las actuaciones se determinó que el vehículo sólo presenta uno de los seriales de identificación suplantado y el resto de los seriales de carrocería y de motor se encuentran en su estado original, así mismo, fueran presenta.....