Declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial contraído por los ciudadanos JOSE REINALDO GUILLEN RUJANO y ANADILCE DEL CARMEN QUIÑONEZ, identificados en autos, en fecha veintiséis (26) de noviembre del año (1998), por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Tovar del Estado Mérida, según se evidencia en el acta de matrimonio Acta Nº 55.