Decisión
Por fuerza de lo anteriormente señalado, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: 1.- DECLINA la competencia para el conocimiento de la presente causa en el Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal con el fundamento legal antes expresado. 2.- REMÍTASE la presente causa al Tribunal Tercero de Juicio de este Circuito Judicial Penal, al objeto de su acumulación al asunto penal n° LP01-P-2007-004746. Notifíquese a las partes y ofíciese lo pertinente. Cúmplase.
EL JUEZ CUARTO DE JUICIO
ABG. JOSÉ GREGORIO VILORIA OCHOA
LA SECRETARIA:
ABG. BRENDA MARLENE MEZA NAVARRO.
En fecha____________, se cumplió con lo ordenado mediante boletas números: ____________________________________________________________________, y oficio n°_____________________, conste. Sria.-