este JUZGADO DEL MUNICIPIO ANTONIO PINTO SALINAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA sin LUGAR , la demanda que por ACCION REIVINDICATORIA, fundamentada en el articulo 548 del Código Civil Venezolano, a incoado la Ciudadana: TERESA DE JESUS JIMENEZ GUILLEN, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.102.744, domiciliada en la Ciudad de Mérida Estado Mérida, debidamente asistido por el Abogado: CARLOS ENRRIQUE MOLINA GUERRERO, titular de la Cédula de Identidad N° V-3.767.860, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25515, en contra de la Ciudadana: NELLIS TERESA VARILLAS BELANDRIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.074.164