En consecuencia, este Tribunal de conformidad con el artículo 778 del Código de Procedimiento Civil, emplaza a las partes para el décimo día de despacho siguiente al que conste en autos su notificación, a las 10:00 de la mañana, para que tenga lugar el acto de nombramiento del partidor sobre el bien inmueble identificado. ASI SE DECIDE.-