PRIMERO: DECRETA la nulidad de las actuaciones posteriores a la publicación de la sentencia definitiva dictada por este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, en fecha 05 de marzo de 2015 y, repone la causa, al estado de notificar al Procurador General de la República, de conformidad a lo establecido en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.