éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Justo Briceño, Tulio Febres Cordero y Julio Cesar Salas de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con fundamento en el 76 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 8, 365, 369, 371 y 381, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda que por REVISION Y AUMENTO DE LA OBLIGACION DE MANUTENCIÓN, que intentara en su condición de madre la ciudadana: CAROLINA DEL VALLE GOMEZ VILLALOBOS, venezolana, mayor de edad, soltera, médico, titular de la Cédula de Identidad Nº.12.621.960, domiciliada en Nueva Bolivia, Municipio Tulio Febres Cordero del Estado Bolivariano de Mérida; en contra del ciudadano: ARCAM EL JARAMANI EL JARAMANI, venezolano, mayor de edad, titul.....