´Por las consideraciones expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la solicitud de la medida cautelar innominada de suspensión de los efectos de la Providencia Administrativa Nº S017-2024-0150 de fecha 09 de agosto del año 2024 (acto administrativo impugnado), emitida en el Expediente Administrativo N° S017-2024-06-00120, proferido por la Sala de Sanciones de la Inspectoría del Trabajo del estado Bolivariano de Mérida, organismo adscrito al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social, interpuesta por la Entidad de Trabajo REPRESENTACIONES MALE, C.A.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
´