Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra de CARLOS ROJAS, sin mas datos de identificación, por la comisión del delito de ESTAFA, previsto y sancionado en el artículo 464 del Código Penal vigente para la fecha de los hechos, en perjuicio de HERNANDEZ URDANETA ALEXIS JOSE, RENDO LUCIANO JOSE ROBERTO y ANA ELIZA ACOSTA, colombiana, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 60.417.516, panadera, natural del Norte de Santander y residenciada en Tucani, Sector El Carmen, casa S/N, Municipio Caracciolo Parra y Olmedo, Estado Mérida. Notifíquese a las partes. Una vez quede Firme la presente decisión, se ordena su remisión al Archivo Judicia.....